En diciembre del año pasado, el Congreso de la Nación aprobó una ley para endurecer las sanciones para los delitos viales, que consensuó con algunas organizaciones de familiares de víctimas del tránsito.
Sin embargo, otras entidades la vienen cuestionando porque, aseguran, se quedó a medio camino porque el rango de penas que se establecieron sigue permitiendo la excarcelación.
El punto más importante de la ley 27.347 es que aumenta las penas para quienes matan al volante si están manejando bajo los efectos del alcohol o drogas, porque se lo considera un agravante. Lo mismo sucede para quienes atropellan a alguien y escapan.
La ley ahora también considera como un agravante los casos en que se viola la velocidad máxima en 30 km/h o más.
Antes, la mayoría de las causas terminaba con condenas menores a tres años y ni siquiera existía la posibilidad de que el responsable fuera preso. A partir de la modificación normativa, las penas para "el que por la conducción imprudente, negligente o antirreglamentaria de un vehículo con motor" mata a una persona son de dos a cinco años e inhabilitación para conducir por cinco a diez años. Pero si se da algunos de los factores considerados como agravantes, las penan van de tres a seis años de prisión.
Sin embargo, desde Luchemos por la Vida y asociaciones de víctimas como Activvas vienen advirtiendo que esta sigue siendo insuficiente. Porque si bien una pena de tres años y un día ya habilita a que la pena sea efectiva y que el condenado vaya a la cárcel, la escala de hasta 6 años como pena máxima admite la excarcelación. Esto significa que, aunque los condenen a más de tres años, quedan libres hasta que se confirme la sanción. Por eso habían presentado en un proyecto alternativo una escala de 4 a 8 años.
Fuente: Clarin
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