El Gobierno porteño presentó en la Legislatura la Ley de Adhesión al Consenso Fiscal

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Publicado: 19/12/2017
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El Gobierno de la Ciudad presentó el lunes por la tarde ante la Legislatura un Proyecto de Ley de Adhesión al Consenso Fiscal firmado entre el Gobierno nacional, las provincias y la Ciudad de Buenos Aires.


Asimismo, la Ciudad presentó también la Ley Tarifaria 2018-2022, con el objeto de avanzar en el compromiso de implementar políticas que alivianen la presión tributaria en lo que respecta a impuestos distorsivos y regresivos tales como Ingresos Brutos y Sellos.

Con estas medidas, la Ciudad busca promover el aumento de la inversión, la generación de empleo privado y la consecuente reducción de la pobreza, fomentando así el desarrollo competitivo de diversas actividades económicas.

En este sentido, la Ciudad es la jurisdicción que mayor esfuerzo fiscal realiza, mediante la eliminación y la baja significativa de los impuestos a los Ingresos Brutos y Sellos.

El costo fiscal de estas medidas representará una merma de casi $18.000 millones/año sobre los ingresos tributarios, una vez completado el cronograma de baja de alícuotas en el año 2022.

En cuanto a los Ingresos Brutos, el impacto de esta reforma alcanzará una reducción del 14% sobre la recaudación total de este impuesto, en tanto que en Sellos la merma alcanzará el 42% del total de este impuesto.

Estas medidas implicarán, en conjunto, una reducción del 10,7% de los Recursos Totales.

También se reduce un 55 % la presión fiscal sobre el consumo. Actualmente el peso de IIBB sobre el consumo representa aproximadamente el 8,7%, según datos de la COPAL.

La instrumentación de la eliminación o reducciones de este impuesto en las distintas etapas de la cadena de valor del consumo implicarán bajar esta presión al 3,9%.

Esto representa una baja del 55% final en la presión fiscal sobre el consumo.

Además hará una eliminación total de IIBB para los créditos hipotecarios. Con el objeto de facilitar el acceso a la vivienda, la Ciudad eliminará el 100% de la carga tributaria sobre los intereses de los créditos hipotecarios para vivienda única.

En mayo pasado, la CABA fue la primera jurisdicción en bajar la alícuota del 7% al 1,5%. A partir de la puesta en marcha del Consenso Fiscal, ya no se cobrará este impuesto.

Este esfuerzo fiscal que lleva adelante la Ciudad se podrá recuperar mediante una combinación de diversos factores, entre los que se destacan el cumplimiento de la Ley de Responsabilidad Fiscal, el crecimiento de la actividad económica, una mayor eficiencia en el gasto (por ejemplo, la reducción del gasto político que implicará un ahorro anual de 500 millones de pesos), y la lucha contra la evasión y la informalidad.

En cuanto a este último punto, el Gobierno de la Ciudad lleva adelante un plan de corto, mediano y largo plazo -ya en ejecución- que presenta con las siguientes medidas:

Sistema de scoring para diferenciar aquellos contribuyentes cumplidores de los que no lo son. Cruces en agentes de retención y percepción que permitieron detectar más de 40 mil comercios evasores que actúan en la CABA pero que no pagan sus impuestos correspondientes.

Controles de mercadería en tránsito. Implementación del Código de Operaciones de Traslado (COT) en conjunto con la provincia de Buenos Aires. Este sistema registra la trazabilidad de los productos y dificulta fuertemente la venta de mercaderías no registradas con puestos de control en los principales accesos a la CABA.

Plan de Fiscalización para alcanzar –en dos años- al 100% de los contribuyentes de interés en ISIB fiscalizados al menos una vez, utilizando la Fiscalización Electrónica.

Utilización intensiva de la Ley Penal Tributaria para perseguir y sancionar a los que no pagan. En aquellos casos donde el contribuyente actuó como agente de recaudación del fisco y no ingresó el monto retenido ya se han iniciado 260 causas penales donde, además de solicitar a la justicia sanciones económicas, requiere también sanciones penales. Ya hubo cinco condenas.

Bonificaciones por buen contribuyente en los impuestos ABL/Inmobiliario y automotor. Se mantiene el reconocimiento a aquellos vecinos socialmente responsables que pagan sus impuestos como pilar de la política tributaria hacia la comunidad.

También habrá una reducción de carga tributaria por sector. La Ley Tarifaria que se envía a la Legislatura contiene la grilla de alícuotas y el cronograma de aplicación que garantizarán el cumplimiento de lo previsto en el Consenso Fiscal.

Actividades donde se irá hacia la eliminación de IIBB, de acuerdo al cronograma previsto:

Actividades industriales

La CABA ya había avanzado en este sentido con el envío del Presupuesto 2018, eliminando el concepto de “Extraña Jurisdicción” (los que no tienen establecimientos en la ciudad pagaban hasta el doble).

Además se aumentó de $24 a $ 75 millones el tope de facturación anual para considerar exentas a estas actividades.

Con esta medida, el 85% de los contribuyentes industriales están exentos a partir de 2018, lo que significará resignar desde el año que viene el 42% de la recaudación de Ingresos Brutos del sector.

Para el 2022 la actividad industrial en su totalidad no pagará Ingresos Brutos.

Otras actividades que irán reduciendo la carga de IIBB hasta su exención definitiva:

Actividades Primarias (Año 2020)

Transporte de pasajeros y carga (Año 2021)

Servicios de electricidad, gas y agua (Año 2022)

Actividades donde se reduce la carga impositiva, de acuerdo al cronograma previsto:

Construcción (60% final, comenzando en 2018)

Comunicaciones (40% final, comenzando en 2018)

Servicios financieros productivos (30% final, comenzando en 2019)

También se informó que más contribuyentes podrán acceder al régimen simplificado de IIBB. Se decidió ampliar los montos del Régimen Simplificado, para equipararlo a las categorías del monotributo de la AFIP.

Se podrán incluir ingresos anuales de hasta $ 700.000, en tanto se cumplan el resto de los parámetros referidos a superficie y consumo de energía. Actualmente, la categoría más alta es hasta $ 400.000.

Se beneficia a unos 10.000 contribuyentes que hoy deben tributar por el Régimen General, es decir con declaraciones juradas y pagos mensuales.

 Fuente noticiasurbanas.com.ar