Le dieron la licencia a un taxista con antecedentes penales que agredió a otro conductor

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Publicado: 10/04/2019
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Una de las preguntas que surge del caso del taxista que agredió a otro conductor durante una discusión de tránsito es por qué conservaba su licencia profesional pese a tender antecedentes penales.

Daniel Rímolo, que ahora tiene su licencia suspendida en forma preventiva, declaró este lunes ante el fiscal Norberto Brotto, que le dictó prisión domiciliaria con tobillera electrónica hasta el juicio.

Rímolo, que entró a la fiscalía a los empujones con los periodistas que lo esperaban en la vereda, está acusado ahora de lesiones leves y daños, aunque el abogado del conductor agredido aseguró que apelará la resolución de Brotto para que cambie la carátula cambie a "tentativa de homicidio".

El taxista tiene antecedentes penales. La causas judiciales en las que estuvo involucrado en el ámbito porteño son robo cometido con armas en 2004, tentativa de robo simple en 2009 y tentativa de hurto en 2011.

De esos tres delitos, el único que entra en el Código de Tránsito y Transporte para que no se le conceda la licencia es el de 2004 (robo cometido con armas), según explicaron desde la Secretaría de Transporte. El cumplimiento de la condena finalizó en 2005. Y según la ley, deben pasar cuatro años para que pueda volver a tramitar la licencia profesional.

Rímolo suma otras causas, aunque sin condena firme, en la Provincia. En mayo de 2008 fue acusado de robo en Lomas de Zamora. En junio de 2007 de resistencia a la autoridad, que se repitió en noviembre de 2010. El último proceso registrado, según información oficial, es de abril de 2014 por robo agravado por el empleo de armas y resistencia a la autoridad.

"Se puede denegar la licencia de conductor profesional clase D en todas sus subclases cuando el solicitante acredite antecedentes penales por delitos contra la integridad sexual (Título III, Código Penal), delitos contra la libertad individual (Título V, Capítulo I, Código Penal), homicidio doloso, lesiones graves y gravísimas dolosas, robo cometido con armas o por delitos con automotores o en circulación y todo otro delito que hubiese sido cometido con la utilización de un vehículo afectado a servicio público", establece el Código de Tránsito y Transporte porteño.

Y agrega: "Cuando el solicitante acredite antecedentes penales por delitos no contemplados en el párrafo anterior, la licencia será tramitada siguiendo el procedimiento habitual utilizado para aquellos solicitantes que no acreditan antecedente penal alguno".

En cuanto al tiempo que debe pasar una vez cumplida la condena, el Código explica: "A los efectos del otorgamiento y/o renovación de licencia, no se tendrán en cuenta los antecedentes penales que poseyera el aspirante en el caso de que hubieran transcurrido cuatro (4) años desde la concesión de la efectiva libertad, y en dicho lapso no hubiese cometido un nuevo delito".

El Código también establece que "si al momento de solicitar el otorgamiento y/o renovación de habilitación como conductor profesional, el aspirante se encontrara procesado y aún no tuviere condena firme, la licencia se podrá otorgar por un (1) año, en cuyo caso se impondrá al aspirante, en el mismo acto, la obligación de presentar, al requerir nueva habilitación, una constancia del juzgado actuante que indique el estado procesal de la causa".

CLARIN.COM