La Legislatura porteña aprobó la normativa que aplica fuertes multas por maltrato a las mascotas

Comparte esta publicación:

Compartir |



Publicado: 28/06/2019
<< ANTERIOR    SIGUIENTE  >>

Tener un animal en casa y descuidarlo ahora puede significar fuertes multas y hasta días de trabajo comunitario. Este jueves la Legislatura aprobó el primer texto que legisla contra quienes abandonen, golpeen o tiñan a sus mascotas en la Ciudad. 
 

Con esta normativa, el Código Contravencional porteño suma un capítulo dedicado al “Cuidado y Protección de los animales domésticos” para cubrir vacíos legales en relación a los perros y gatos que se tienen como mascotas.
 
Es que, hasta ahora, se sancionaban actos de maltrato animal como golpes o lesiones, pero no otras acciones que implican malos tratos, como pintar el animal de colores, dejarlo encerrado en el auto o criarlo en la terraza o el balcón. También se fijaron sanciones para quienes abandonen a su mascota.
 
Se trata de multas considerables, que oscilan entre los $ 6.420 y los $ 42.800. Se calculan en unidades fijas (UF), que equivalen al valor de medio litro de nafta premium. Si la conducta no implica delito, las sanciones pueden ser de entre tres y cinco días de trabajo comunitario. O bien ambas cosas: trabajo y multa.
 
El proyecto aprobado fue presentado en marzo por el legislador Daniel Presti (Vamos Juntos). Uno de los puntos que más se debatieron en comisión -y que finalmente sufrió modificaciones- se relaciona con el abandono del animal: la sanción no sólo se aplicará cuando este ocurra en la vía pública o en lugares privados de acceso público, sino también en los casos en que intervenga una entidad pública de Zoonosis. La multa por hacerlo oscila entre los $ 21.400 y los $ 42.800. También puede dictaminarse la obligación de cumplir entre tres y cinco días de trabajo comunitario.
 
Algo inferiores son las multas para quienes no tomen recaudos en el cuidado del animal doméstico a cargo: de $ 6.420 a $ 21.400, o bien entre tres y cinco días de trabajo comunitario. Quien tenga a su mascota en instalaciones inadecuadas, que afecten su salud, higiene o esparcimiento, deberá desembolsar de $ 10.700 a $ 21.400 si le corresponde multa.
 
En el artículo final se considera la salud del animal no sólo como la que atañe a lo físico sino también a lo psíquico. Es por eso que se sancionan las actitudes que impliquen menoscabar la integridad de un animal doméstico o lo expongan a una situación de vulnerabilidad, “ya sea por pintarlo, teñirle el pelo o cualquier otro acto que pueda provocar un perjuicio para su salud”. Esa acción podrá ser sancionada con la obligación de abonar entre $ 6.420 y $ 21.400.
 
En el proyecto se considera animal doméstico al que “por sus características evolutivas y de comportamiento pueda convivir con el ser humano en un ambiente doméstico, recibiendo de su tenedor atención, protección, vivienda, alimento y cuidados sanitarios”. Cualquier persona que atente contra la integridad del animal -sea su responsable, cuidador pago o vecino- podrá ser sancionado por esas conductas. Los mismos vecinos pueden hacer la denuncia en el sitio Web del Ministerio Público Fiscal porteño, ingresando acá. 
 
La legislación en esta materia había quedado antigua. A nivel nacional, la normativa vigente data de 65 años atrás: la ley 14.346 de protección animal de 1954 castiga a los que sometan a animales a malos tratos o actos de crueldad pero deja afuera muchas otras conductas injustas contra ellos.
 
El Código Penal, en tanto, menciona el maltrato animal pero de forma poco específica: el animal se equipara a una cosa. En su artículo 183 se establece prisión de quince días a un año a quien dañe o haga desaparecer a un animal o a una “cosa mueble [trasladable] o inmueble”.
 
Con todo, un fallo reciente hizo un aporte notable para que los animales dejen de ser considerados cosas. En 2014, se reconoció a Sandra -la orangutana que inspiró la creación del Ecoparque- como “sujeto no humano” con derechos y se le concedió un hábeas corpus, recurso usado hasta ese momento sólo para personas privadas ilegítimamente de su libertad.
 
“Hay que entender que cualquier persona que opte por tener un animal doméstico o de compañía asume la responsabilidad de alimentarlo, cuidarlo y brindarle un hogar en condiciones”, resalta Presti.
 
Con todo, el proyecto no dejó contentos a todos los sectores relacionados con el mundo animal. Sergio Morales, director de relaciones institucionales del refugio para perros El Campito, destacó que la norma “no apunta al cuidado del animal sino a ciertas obligaciones que el Estado quiere que ejerzan los particulares. Muchas veces la gente no le da a la mascota determinados cuidados no por negligencia o dolo sino porque no puede pagarlos”. 
 
Para Graciela Fayt, abogada especialista en derecho animal, “hablar de tenencia responsable es considerar tenedores irresponsables a quienes no pueden pagar por un veterinario privado, y eso es discriminatorio”, en un contexto en el que “el servicio público sanitario para animales es prácticamente inexistente y en muchos casos mata mascotas”.
 
CLARIN.COM