Rescatan 45 gatos en estado de abandono en un departamento porteño

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Publicado: 18/07/2016
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Intervino la Fiscalía de la Ciudad por una denuncia de abandono de persona


Más de 45 gatos que se encontraban en estado de hacinamiento fueron rescatados en un departamento de dos ambientes del barrio porteño de Almagro, en el marco de un allanamiento realizado por una denuncia por abandono de persona.

El ministerio Público Fiscal de la Ciudad de Buenos Aires informó hoy que en el operativo, que se hizo el viernes, se rescataron 46 gatos de diferentes edades.

El allanamiento fue solicitado por el titular de la Fiscalía Nº 17 de la Unidad Fiscal Sudeste, Walter López, y se concretó en un departamento ubicado en la calle Don Bosco al 3.500, en el barrio porteño de Almagro.

El procedimiento se concretó tras una denuncia anónima recibida en la fiscalía sobre abandono de persona, reportaron a DyN fuentes de ese organismo judicial, y manifestaron que "cuando llegaron al departamento se encontraron con los 46 gatos".

Asimismo, expresaron que en el departamento se encontraba una mujer de 93 años y su hija, y manifestaron que "continúa la investigación sobre la denuncia por abandono de persona".

Tras el hallazgo de los animales, la fiscalía dio intervención a la Unidad especializada en Materia Ambiental (Ufema), a cargo de Blas Matías Michienzi.

El organismo dispuso la evaluación de los felinos por parte de veterinarios y fueron reubicados en hogares y refugios hasta la definición judicial de caso.

Los animales fueron examinados por veterinarios del Area de Investigaciones Delictivas de la Policía Metropolitana y de la Gerencia Operativa de Protección Animal del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires.

La orden de allanamiento, en tanto, fue emitida por el Juzgado Penal, Contravencional y de Faltas N° 7, a cargo del magistrado Ladislao Endre, e intervino en el procedimiento la Policía Metropolitana.

El ministerio Público Fiscal porteño sostuvo en un comunicado que el abandono de personas está contemplado en el artículo 106 del Código Penal.

Ese artículo reprime con prisión de 2 a 6 años a quien "pusiere en peligro la vida o la salud de otro, sea colocándolo en situación de desamparo, sea abandonando a su suerte a una persona incapaz de valerse y a la que deba mantener o cuidar o a la que el mismo autor haya incapacitado".

"La pena será de reclusión o prisión de 3 a 10 años, si a consecuencia del abandono resultare grave daño en el cuerpo o en la salud de la víctima. Si ocurriere la muerte, la pena será de 5 a 15 años de reclusión o prisión", expresa el texto del artículo.

El máximo y mínimo de la pena aumenta en un tercio si el delito es "cometido por los padres contra sus hijos y por éstos contra aquéllos o por el cónyuge".

La ley 14.346 de Maltrato Animal, en tanto, castiga con "prisión de quince días a un año, el que infligiere malos tratos o hiciere víctima de actos de crueldad a los animales".

La norma menciona como actos de maltrato: no alimentar en cantidad y calidad suficiente a los animales domésticos o cautivos; azuzarlos para el trabajo mediante instrumentos que, no siendo de simple estímulo, les provoquen innecesarios castigos o sensaciones dolorosas; y someterlos a trabajos en jornadas excesivas, sin proporcionarles descanso adecuado, según las estaciones climáticas.

FUENTE: Diario Panorama