Blanqueo de Capitales

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Publicado: 25/08/2016
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El Director General de Rentas de la Ciudad, Demian Tujsnaider explicó en la Legislatura los alcances de la adhesión del Gobierno de la Ciudad a la Ley nacional de blanqueo de capitales

(Foto: Legislatura CABA)


La Comisión parlamentaria de Presupuesto recibió al Director General de Rentas de la Ciudad de Buenos Aires, Demian Tujsnaider, quien expuso sobre la iniciativa enviada el pasado viernes a la Legislatura por el Jefe de Gobierno, Horacio Rodríguez Larreta, que propone “liberar del pago de todo tributo omitido en el ámbito de la Ciudad, los importes y/o bienes exteriorizados" por el régimen de blanqueo de capitales establecido en la Ley nacional N° 27.260.

Ante las consultas de algunos de los legisladores, el funcionario explicó que la novedad del proyecto de adhesión a la Ley de blanqueo es "el carácter penal que tiene" y aclaró la intención de replicar las características de la Ley nacional en la CABA. Además, explicó: "La necesidad de la moratoria tiene que ver con respaldar desde la ciudad a los contribuyentes. Buscamos facilitar y eliminar un pequeño costo a lo que la nación ya permite".

Por otro lado, en relación al beneficio de extinguir las acciones judiciales y/o penales que posean quienes blanqueen sus capitales afirmó que la deuda por estos procesos desde la actualidad hasta fin de año, sería de 480 millones de pesos aproximadamente.

El proyecto

El Jefe de Gobierno puso a consideración de la Legislatura, a causa de lo normado por el artículo 49 de la Ley nacional N° 27.260, un proyecto de ley de adhesión al "Sistema voluntario y excepcional de declaración de tenencia de moneda nacional, extranjera y demás bienes en el país y en el exterior" (blanqueo), lanzado recientemente por el Gobierno Nacional.

En la presentación el Ejecutivo con la firma del Jefe de Gobierno, Horacio Rodríguez Larreta, y del Jefe de Gabinete de Ministros, Felipe Miguel, señala que el proyecto "apunta a acompañar las políticas del Gobierno Nacional evitando encarecer el blanqueo de bienes por la posible incidencia tributaria de tributos omitidos en el ámbito de la Ciudad respecto de dichos bienes. A tal fin se propone, liberar del pago de todo tributo omitido en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, los importes y/o bienes exteriorizados bajo este Régimen, manteniéndose las facultades de verificación y/o fiscalización establecidas en el Código Fiscal vigente a favor de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos - AGIP."

"En tal sentido, el proyecto también prevé que los depósitos efectuados en los términos del artículo 44 de la Ley nacional N° 27.260, no estarán sujetos a regímenes de retención y/o percepción en el ámbito de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Asimismo, se contempla que las operaciones que se realicen en el marco del último párrafo del artículo 38 de la Ley Nacional N° 27.260, tendientes a que los bienes declarados se registren a nombre del declarante, no serán onerosas a los fines tributarios y no generarán gravamen alguno en la Ciudad", agregan los considerandos de la iniciativa.

"Por otro lado, el proyecto también contempla -en su título II- un "Régimen excepcional de regularización de obligaciones tributarias" siguiendo el esquema diseñado por el Gobierno Nacional en la Ley N° 27.260. En tal sentido, el proyecto de Ley establece que los contribuyentes y/o responsables de los tributos cuya aplicación y/o percepción y/o fiscalización se encuentra a cargo de la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos -AGIP- podrán acogerse por las obligaciones vencidas al 31 de mayo de 2016, o por infracciones cometidas a dicha fecha, al Régimen de regularización de deudas tributarias de deudas tributarias y de exención de intereses, multas y demás sanciones que allí se establecen dentro del plazo que disponga la AGIP en la reglamentación, el cual no podrá exceder el 31 de diciembre del presente año. En este aspecto, el proyecto de ley otorga beneficios excepcionales para que los contribuyentes de la Ciudad y los agentes de recaudación puedan regularizar sus obligaciones tributarias, quedando extinguidas las acciones judiciales y/o penales que posean. Este beneficio resulta temporal, ya que el proyecto prevé que no podrá exceder del 31 de diciembre de 2016".

"Finalmente, el proyecto de ley faculta a la Administración Gubernamental de Ingresos Públicos -AGIP- a dictar las normas reglamentarias y/o de procedimiento necesarias para la aplicación y cumplimiento de la ley", concluye la argumentación del proyecto recibido por el Cuerpo parlamentario el viernes 19 del corriente mes como expediente 2571-J-2016.

El presidente de la Comisión de Presupuesto, diputado Alejandro García (PRO), encabezó la reunión realizada ayer y adelantó que el objetivo es presentar el despacho con preferencia en la sesión del próximo 8 de septiembre.

También estuvieron las/os diputadas/os Carmen Polledo, Paula Villalba, Lía Rueda, Carolina Estebarena, Victoria Roldán Méndez, Cristina García, Claudia Calciano, Agustín Forchieri, Christian Bauab, Francisco Quintana, Juan Pablo Arenaza, Jian Ping Yuan, Daniel Presti (PRO), María Rosa Muiños, Gabriel Fuks, Carlos Tomada, José Cruz Campagnoli (FpV), Gustavo Vera (BC), Paula Oliveto (CC), Marcelo Depierro (CP), Natalia Fidel, Juan Nosiglia y Marcelo Guouman (SUMA+).