Licencia por fertilización asistida

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Publicado: 15/09/2016
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Los empleados de la administración pública de la Ciudad que realicen el tratamiento podrán gozar por año de hasta 30 días de licencia con goce íntegro de haberes.


La Legislatura de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires incorporó este jueves a la Ley N° 471, de Relaciones Laborales en la Administración Pública, la Licencia por procedimientos o técnicas de fertilización asistida, por lo que "los/as trabajadores/as que requieran la utilización de técnicas o procedimientos de reproducción humana médicamente asistida, podrán gozar por año calendario de hasta treinta (30) días de licencia con goce íntegro de haberes, por los días continuos o discontinuos que certifique el médico actuante".

El Cuerpo parlamentario, mediante una ley sancionada hoy con 54 votos positivos, modificó el Capítulo VI - Del Régimen de Licencias, artículo 16 de la citada norma incorporando un nuevo inciso e introdujo además el artículo 19 bis.

La Comisión de Legislación del Trabajo que preside la diputada Claudia Calciano (PRO), aconsejó al Pleno las modificaciones por entender que "al haberse sancionado la Ley Nacional N° 26.862, de acceso integral a los procedimientos y técnicas médico-asistenciales de reproducción médicamente asistida, consideramos que el derecho laboral debe acompañar a las personas que requieran hacer uso de las técnicas o procedimientos de reproducción humana asistida, y amerita que sean incluidas las licencias necesarias de acuerdo a lo que el médico actuante determine en cada caso en particular, garantizando así el derecho a la salud y a la salud sexual y reproductiva y procreación responsable".

Además, los fundamentos destacan que "estamos en una década de ampliación de derechos y de derechos humanos fundamentales, por eso nos parece importante que puedan acompañar esta medida, tan importante para un sector de personas que vienen requiriendo del uso de las técnicas de reproducción humana asistida y que por una cuestión económica no podían concretar su deseo de lograr un embarazo y llevarlo a término". El proyecto de ley contenido en el Expediente N° 295-D-2015 fue autoría del diputado (MC) Aníbal Ibarra.