La Legislatura aprobó la reparación económica para víctimas colaterales de femicidio

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Publicado: 01/09/2017
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Finalmente la Legislatura porteña aprobó por unanimidad una reparación económica por parte del Estado para niñas, niños, adolescentes y jóvenes víctimas colaterales de femicidios, conocida como Ley Brisa. Además se otorgó un inmueble para que funcione La Casa del Encuentro.


Durante la sesión ordinaria de este jueves la Legislatura porteña creó por 57 votos positivos un régimen de reparación económica para niñas, niños, adolescentes y jóvenes víctimas colaterales de homicidios agravados por el vínculo (Femicidios) en el ámbito de la ciudad de Buenos Aires.

Si bien había algunas diferencias con respecto al articulado, se llegó a un consenso para avanzar con la norma y se logró la unanimidad.

El asunto impulsado por la Defensoría del Pueblo que viene trabajando articuladamente con la Casa del Encuentro -y que fue tomado como propio por la diputada Graciela Ocaña (Confianza Pública)- tuvo despacho favorable de las comisiones de Mujer, Infancia, Adolescencia y Juventud y de Presupuesto, Hacienda, Administración Financiera y Política Tributaria.

Según los fundamentos del despacho “es importante destacar, que esta prestación económica no resulta ser un subsidio, una pensión o una ayuda, sino una reparación económica por parte del Estado, hasta que cumplan 21 años de edad y subsistirá en los casos en que se declare la capacidad restringida y/o incapacidad; lo que implica una respuesta por el daño causado, al no haber protegido a sus madres”.

“Es indispensable que el Estado de la Ciudad, que cuenta con una Constitución y cuerpo normativo de avanzada en la materia pueda atender a las necesidades y derechos de las víctimas colaterales de Femicidio. Si bien un monto de dinero no reparará el gran daño que sufrieron, será de gran apoyo para que puedan seguir adelante con sus vidas”, se argumenta.

La asignación consiste en el pago mensual de un monto en dinero equivalente a la jubilación mínima a cada menor afectado, que hará efectivo el Estado de la ciudad de Buenos Aires y percibirá el tutor, curador, adoptante o familiar a cargo. Los beneficiarios también tendrán cobertura médica asistencial.

Podrán acceder a esta reparación los menores cuando “su padre haya sido procesado o condenado como autor, coautor, instigador o cómplice de delito de femicidio contra su madre” y también “cuando la acción penal seguida contra su padre, en la causa donde se investigue el homicidio de su madre, se haya declarado extinguida por muerte de aquél”.

Para recibir la reparación económica los requisitos son: ser hijo/a de la progenitora fallecida; menor de 21 años o discapacitado/a sin límite de edad y tener domicilio real en la ciudad de Buenos Aires. Los habitantes de nacionalidad extranjera tendrán iguales derechos pero estos caducarán si se ausenta del territorio metropolitano por más de dos años continuados.

La ley sancionada estipula que “la prestación establecida debe ser abonada por el Gobierno de la CABA mensualmente, por un valor siempre equivalente a un haber jubilatorio mínimo, con sus incrementos móviles establecidos en la ley 26.417. La misma será inembargable y se pagará por cada hijo/a”.

“La reparación dispuesta por la presente ley es compatible con la asignación universal por hijo, asignaciones familiares, pensiones de las que las niñas, niños ,adolescentes y jóvenes sean beneficiarios, alimentos que perciban por parte de alguno de sus padres u otro familiar y/o cualquier otra prestación de la cual sean destinatarios”, aclara otro de los artículos de la norma. En cambio, no podrán percibir el beneficio quienes ya estén cobrando otro similar fundado en el mismo hecho (femicidio) ya fuere nacional, provincial o municipal.

La reparación debe ser cobrada “por la o las personas que los tengan a su cuidado, sea éste/a guardador/a, tutor/a, curador/a, o adoptante, pero no podrán cobrar la prestación quien haya sido condenado como autor/a, coautor/a, instigador/a o cómplice del delito de femicidio contra su madre”.

Quienes hayan sido víctimas colaterales de femicidios antes de la entrada en vigencia de esta ley también tendrán derecho a percibir la reparación económica, pero sin retroactividad.

En su artículo décimo la norma estipula que “no existe ninguna causa de extinción de la percepción de la prestación, con excepción del sobreseimiento o absolución del progenitor procesado como autor, coautor, instigador o cómplice del delito de homicidio respecto de la progenitora de los hijos en común. En los casos de extinción por sobreseimiento o absolución del progenitor procesado, en ningún caso se pueden reclamar los montos percibidos”.

El artículo sexto de la norma dice que los beneficiarios “tendrán derecho a que el Gobierno de la CABA les proporcione asistencia psicológica y/o atención médica" y el artículo 13 reafirma que "el Gobierno deberá implementar en forma urgente todas las medidas necesarias a fin de ofrecer en forma prioritaria la atención integral a las víctimas colaterales del hecho delictuoso. Se imputará como falta grave la conducta del funcionario que incumpla” este precepto.

El Poder Ejecutivo, en un plazo de 30 días, deberá reglamentar la ley, determinar quién es la autoridad de aplicación, adaptar las partidas presupuestarias que correspondan y encargarse del seguimiento y control, con la participación del Consejo de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes de la Ciudad.

Según la Asociación Civil La Casa del Encuentro, se registraron entre los años 2008 y 2015 un total de 2.518 hijos e hijas que fueron víctimas colaterales de femicidios, de los cuales 1.617 son niñas, niños y adolescentes.

La titular de la Comisión de Mujer, Infancia, Adolescencia y Juventud, Andrea Conde (Nuevo Encuentro-FpV), expresó: “Sancionar esta ley es reconocer en las políticas públicas a la violencia de género como un factor estructural de desigualdad, no sólo en relación a quienes la sufren de forma directa sino también respecto de hijos e hijas que quedan al cuidado de familiares y otros adultos en los casos de femicidios. Es una ley pionera porque reconoce que las niñas, niños y adolescentes víctimas colaterales del femicidio están insertos en la misma estructura de violencia de género que sufría la madre. Una de ellas es la dependencia económica con el agresor”.

Por su parte Ocaña manifestó: “Esta ley brinda un subsidio económico que no tiene sentido de ayuda sino que es una reparación a un daño causado que el Estado no pudo impedir. No soluciona la problemática machista pero viene a saldar una deuda con los hijos de las víctimas”.

El diputado Daniel Presti (PRO) manifestó: “Tenemos que dar el debate mas profundamente, porque el femicidio no es solamente exclusivo de una convivencia, como se ha mencionado al progenitor a fin; puede darse en el ámbito laboral también. Espero que sea una Ley que no tenga que aplicarse, porque si esto sucede quiere decir que hubo un femicidio”.
En tanto el diputado Eduardo Petrini (PRO) explicó que “la Ley Brisa busca acercarle el Estado a los niños y jóvenes que han perdido a su madre en manos de sus padres, es una reparación e implica un serio compromiso con las víctimas. La vida de nuestros chicos no volverá a su estado anterior pero si es intentar que puedan tener un futuro prospero”.

La diputada de Suma+ María Patricia Vischi sostuvo: “Queremos darle una respuesta a la gran cantidad de víctimas colaterales de femicidios, a todos esos niños que han quedado sin madre a causa de la violencia sexista”.

En el mismo sentido el diputado Roy Cortina (PS) expresó: “Es un avance legislativo que se va a manifestar en reparaciones que son necesarias y que contribuye a visibilizar este grave flagelo de nuestro tiempo”.

En este sentido la diputada del FIT Laura Marrone aseguró: “Felicitamos a las miles de mujeres que han ganado las calles para hacer visible la violencia de género, han puesto en evidencia esta situación y esta ley es un triunfo de esa movilización. Hoy estamos haciendo justicia para todos aquellos niños y jóvenes que han perdido a su madre“.

La diputada de la CC ARI, Paula Oliveto Lago, destacó: “Son los niños en general quienes están pasando una delicada situación y merecen tener una reparación económica porque el Estado no cuido a su mamá. Esta ley se tendría que haber discutido un poco más en cuanto a su alcance, para que aún más niños y adolescentes pudieran acceder a este beneficio, pero no es el recinto el lugar para intentar ampliar ese universo”.

El diputado Marcelo Depierro opinó: “Se trabajó mucho para llevar a cabo algunas modificaciones pero no pudimos conseguir que se cambie la concepción de que se pueda brindar esta reparación si no hay una relación biológica con la víctima”.

Por su parte Marcelo Ramal (FIT) pidió que se cumpla con la ley que crea Centros de la Mujer en todas las comunas porteñas.

También la Legislatura otorgó por ley a la Asociación Civil "La Casa del Encuentro", el permiso de uso por 20 años del inmueble de Yatay N° 125, del barrio de Almagro - Comuna 5, para que puedan continuar desarrollando sus labores en el tratamiento de las mujeres víctimas de violencia de género. El proyecto fue aprobado por unanimidad.

Fundada en 2003, la Asociación desarrolló la sensibilización e incidencia en políticas públicas, a través de actividades culturales y sociales. Desde el 2008 difundió los informes de femicidios ante la ausencia de estadísticas oficiales. Desde 2010 brinda en forma gratuita asistencia y orientación psicológica, legal y social a familiares y víctimas de violencia de género y trata de personas, además de brindar formación y capacitación en más de 400 instituciones educativas, académicas, colegios profesionales y sindicatos; entre otras actividades para erradicar la violencia, abuso y discriminación hacia las mujeres, niñas y niños.

De esta manera La Casa del Encuentro podrá usufructuar el inmueble de Almagro para continuar con sus importantes labores sociales, haciéndose cargo del pago de tasas, impuestos y las tarifas de los servicios públicos que correspondan.

La norma votada hoy también estableció en su artículo 9 que “la entidad beneficiaria debe instalar obligatoriamente en el frente junto a la puerta de ingreso principal un cartel con letra legible y visible desde la acera, en el cual conste que el inmueble o terreno, es propiedad del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el nombre de la entidad ocupante, la fecha de finalización del permiso otorgado y número de ley correspondiente”.

Fuente: adnciudad.com